El principio de proximidad es uno de los varios que gobiernan la gestión de los residuos, el cual está directamente relacionado con el principio de corrección de la contaminación en su origen, aunque este debe compatibilizarse también con lo estratégico que supone la valorización de los residuos como vía de gestión y en este sentido, para el fomento de esta puesta en valor del tratamiento de los RAEE, la normativa establece que el principio de proximidad no es de aplicación a los residuos destinados a valorización distintos de los residuos mezclados procedentes de los hogares.

Las reglas del juego respecto a la gestión de los residuos

En este sentido, todavía podemos comprobar con relativa frecuencia como distintas administraciones ambientales autonómicas ponen trabas al traslado de residuos destinados a la valorización hacia una planta de tratamiento autorizada fuera de su territorio, práctica que, excepción a la que se ha hecho referencia anteriormente, no es aceptable desde un punto de vista legal y en este sentido, queda patente que ninguna Administración no puede prohibir los traslados de residuos entre CCAA destinados a la valorización que no sean residuos municipales mezclados.

La jurisprudencia del TJ de la UE ha sido decisiva para la interpretación del concepto de residuo y establecer las reglas del juego respecto a la gestión de los residuos y así, las sentencias dictadas sobre conflictos que tienen su base en traslados de residuos es extensa, aunque referida mayoritariamente a la normativa previa al Reglamento 1013/2006 y a la Directiva 2008/98 CE; a título de ejemplo, resulta muy ilustrativa la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 12 de diciembre de 2013 dictada en el asunto C-292/12 que basándose en la normativa vigente, establecería lo siguiente:

“Así pues, resulta del análisis de las disposiciones del Reglamento 1013/2006 aplicables a los traslados entre Estados miembros de residuos destinados a la valorización diferentes de los residuos municipales mezclados, que este Reglamento no contempla la posibilidad de que una autoridad nacional adopte una medida de alcance general que tenga por efecto prohibir total o parcialmente el traslado de tales residuos a otros Estados miembros para ser tratados en los mismos.”

En WIREC variables tales como la optimización de la ubicación, la escala y diseño de las instalaciones han sido tenidas en cuenta cara a la adecuación y flexibilidad de los procesos para la obtención de los máximos niveles de recuperación y de calidad de las fracciones recuperadas, para conseguir el mínimo rechazo (≥98,5 % de valorización), el mínimo impacto medioambiental y las máximas condiciones de seguridad, higiene laboral y rendimiento.

Siguiendo la doctrina emanada del TS, el Principio de Proximidad debe regir la gestión de los RAEE, cuando los traslados de residuos sean destinados a eliminación sin embargo no debe ser de aplicación cuando un traslado esté fundamentado en una mayor valorización del residuo en una planta que cuente con mejores infraestructuras y técnicas, fruto de inversiones en I+D+i arrojen tasas de valorización muy superiores incluso a las exigidas por la legislación vigente, aunque esté a mayor distancia del punto productor del RAEE.